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Cuestionario

Cada respuesta a estas preguntas debe indicar si la respuesta es la misma o diferente (si es así, cómo) con respecto a los derechos conexos en comparación con los derechos de autor.

I. Titularidad inicial [Sesión 2]

A. ¿A quién otorga la ley de su país la titularidad inicial? (indique todas las que correspondan)

  1. El autor (creador humano) de la obra

    1. ¿La ley de su país define quién es un autor?
    2. Para obras en colaboración (obras en las que más de un creador ha colaborado), ¿su ley define la coautoría? ¿Cuál es el alcance de la titularidad de cada coautor? (¿los coautores pueden explotar por separado, o solo bajo acuerdo común?)
  2. Empleadores

    1. ¿Bajo qué condiciones, por ejemplo, acuerdo formal de empleo, por escrito y firmado? ¿Creación de la obra dentro del ámbito del empleo?
  3. Partes comitentes

    1. ¿Todas las obras por encargo, o limitadas a ciertas categorías?
    2. ¿Bajo qué condiciones, por ejemplo, acuerdo de encargo, por escrito y firmado por ambas partes?
  4. La persona o entidad que toma la iniciativa de la creación de la obra

    (por ejemplo, productores; editores) de ciertos tipos de obras, p. ej., obras audiovisuales; obras colectivas

    1. Alcance de la titularidad, por ejemplo, todos los derechos, o derechos solo respecto a ciertas explotaciones; ¿qué derechos conservan los colaboradores de tales obras?
  5. ¿Otras instancias de titularidad inicial conferida a una persona o entidad distinta del creador humano real? (Excepto el punto 6, abajo.)
  6. Si la ley de su país reconoce derechos de autor en obras generadas por IA, ¿a quién se le confiere la titularidad original? (por ejemplo, ¿la persona que proporciona los prompts? ¿El creador del modelo LLM y/o los datos de entrenamiento? ¿alguien más?)

[b. Para presunciones de transferencias, ver II (transferencias de titularidad, abajo)]

B. Consecuencias de derecho internacional privado

  1. ¿A la ley de qué país recurren los tribunales (o el legislador) de su país para determinar la titularidad inicial: país de origen? ¿País con las conexiones más fuertes con la obra y el/los autor(es)? ¿País(es) para los que se reclama protección?

II. Transferencias de titularidad [Sesión 3]

A. Inalienabilidad

  1. Derechos morales

    1. ¿Pueden estos ser otorgados al cesionario de derechos económicos? ¿A una sociedad para la gestión colectiva de derechos de autores?
    2. ¿Puede el autor renunciar contractualmente a los derechos morales?
  2. Derechos económicos

    1. ¿Pueden los derechos económicos ser cedidos (en oposición a licenciados)? ¿Puede un autor renunciar contractualmente a los derechos económicos?
    2. Limitaciones en las transferencias de derechos económicos particulares, por ejemplo, nuevas formas de explotación desconocidas al momento de la conclusión del contrato.

B. Transferencias por efecto de la ley

  1. Presunciones de transferencia:

    1. ¿a qué categorías de obras se aplican estas presunciones?
    2. ¿son refutables? ¿Qué debe mostrarse para probar que la presunción se aplica (o ha sido refutada)?
    3. Alcance de la transferencia: ¿todos los derechos? ¿Derechos solo en cuanto a ciertas formas de explotación?
    4. Condiciones para la aplicación de la presunción (por ejemplo un contrato escrito de producción de obra audiovisual; provisión para remuneración justa por los derechos transferidos)?
  2. ¿Otras transferencias por efecto de la ley?

C. Transferencias por acuerdo contractual

  1. Prerrequisitos impuestos por la ley de derechos de autor a la validez de la transferencia, por ejemplo, por escrito, firmado, atestiguado, registro de transferencia de título?
  2. ¿Incluyen estos requisitos formales una obligación de especificar qué derechos son transferidos y el alcance de la transferencia?
  3. ¿Permite la ley de su país la transferencia de todos los derechos económicos por medio de una cláusula contractual general?
  4. ¿Permite la ley de su país la cesión de todos los derechos en obras futuras?

D. Derecho internacional privado

  1. ¿Qué ley aplica su país para determinar la alienabilidad de derechos morales o económicos y otras condiciones (por ejemplo el país de origen de la obra? ¿El país con las conexiones más fuertes con la obra y el/los autor(es)? ¿El/los país(es) para los cuales se reclama protección?)

III. Medidas correctivas, posteriores a las transferencias de derechos, acordadas a autores o intérpretes en vista de su estatus como partes débiles [Sesión 4]

  1. ¿Su ley garantiza remuneración a autores e intérpretes?

    1. ¿Exigiendo el pago de remuneración proporcional en ciertos casos (cuáles)?
    2. ¿Por un requerimiento general de remuneración apropiada y proporcional?
    3. ¿Por adopción de mecanismos de reforma contractual (por ejemplo, en casos de remuneración desproporcionalmente baja relativa a la remuneración de los cesionarios)?
    4. ¿Proporcionando derechos irrenunciables a remuneración en forma de derechos residuales?
  2. ¿Su ley requiere que el cesionario explote la obra?

    1. ¿Su ley impone una obligación de explotación continua? ¿Para cada modo de explotación otorgado?
    2. ¿Qué remedios si el cesionario no explota la obra?
  3. ¿Su ley impone una obligación de transparencia a los cesionarios?

    1. ¿Qué forma toma tal obligación (contabilidad de explotaciones? ¿informar a autores si el cesionario ha sub-licenciado la obra, etc.)
    2. ¿Qué remedios si el cesionario no da efecto a los requerimientos de transparencia?
  4. ¿Su ley da a autores o intérpretes el derecho unilateralmente (sin intervención judicial) de terminar sus concesiones?

    1. ¿Bajo qué circunstancias?
      1. ¿Después del transcurso de un número particular de años?
      2. ¿En respuesta al fracaso del cesionario de cumplir ciertas obligaciones, bajo qué condiciones?
      3. ¿Como ejercicio del derecho moral de "arrepentimiento"? (¿Ejemplos en la práctica?)

IV. Streaming, transferencia de derechos, y gestión de catálogos grandes [Sesión 5]

  1. Derecho estatutario aplicable

    1. ¿Qué derecho estatutario específico se aplica al licenciamiento del streaming de obras e interpretaciones?
      1. ¿Es el derecho de comunicación al público modelado según el Artículo 8 del WCT para autores, y el derecho de puesta a disposición modelado según los Artículos 10 y 14 del WPPT para intérpretes y productores de fonogramas?
      2. ¿Otro derecho o una combinación de derechos?
    2. Para autores, ¿este derecho cubre tanto obras musicales como audiovisuales? Para intérpretes, ¿este derecho cubre tanto interpretaciones fijadas en fonogramas como fijaciones audiovisuales?
  2. Transferencia de derechos

    1. ¿Hay regulaciones en la ley de su país que limiten el alcance de una transferencia o licencia a las formas de uso ya conocidas al momento de la transferencia o licencia?
    2. Si hay tales regulaciones, cuando el derecho estatutario referido en la sección 1 fue introducido en su ley, ¿fue considerado una nueva forma de uso a la cual la limitación en la subsección 2 a. arriba se aplica?
    3. ¿Hay casos en la ley de su país cuando el derecho estatutario referido en la sección 1 se presume haber sido transferido al productor de un fonograma o fijación audiovisual?
  3. Remuneración

    1. ¿Tienen derecho los autores/intérpretes a remuneración por licenciar el streaming de sus obras/interpretaciones?
    2. ¿Retienen los autores y/o intérpretes un derecho residual a remuneración por streaming incluso después de licenciar o transferir el derecho estatutario referido en la sección 1?
  4. Gestión colectiva

    1. En la ley de su país, ¿está prescrita la gestión colectiva para gestionar el derecho referido en la sección 1? Si es así, ¿qué forma de gestión colectiva está prescrita (por ejemplo obligatoria o extendida)?
    2. Si los autores y/o intérpretes retienen un derecho residual a remuneración (ss 3 b.), ¿está prescrita la gestión colectiva para gestionar este derecho residual a remuneración? Si es así, ¿qué forma de gestión colectiva está prescrita (por ejemplo obligatoria o extendida)?
  5. Transparencia y gestión de catálogos grandes

    1. ¿Su ley (o, en ausencia de regulaciones estatutarias, acuerdos colectivos a nivel de industria) garantiza que autores e intérpretes reciban regularmente información sobre la explotación de sus obras e interpretaciones de aquellos a quienes han licenciado o transferido sus derechos? Si es así, ¿cuál es la periodicidad y contenido garantizados de tal información?
    2. ¿Está usted al tanto de algún caso legal donde las cadenas complejas de títulos de derechos de autor, típicas de catálogos grandes de streaming, han hecho la gestión de obras o interpretaciones no-transparente o de otra manera desafiante, como por ejemplo el caso Eight Mile Style, LLC v. Spotify U.S. Inc. (https://casetext.com/case/eight-mile-style-llc-v-spotify-us-inc-1)?